¡Ya era hora! |
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Juan A. García
Expert@ Joined: 23 Marzo 2009 Status: Offline Points: 136 |
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Posted: 30 Diciciembre 2009 at 4:48pm |
291209 SUR El Tribunal Supremo avala la persecución penal contra la corrupción del ladrillo URBANISMO El Tribunal Supremo avala la persecución penal contra la corrupción del ladrillo El órgano judicial confirma los cuatro años para un ex alcalde de Andratx por levantar un chalé ilegal 29.12.2009 - ANTONIO MONTILLA / COLPISA MADRID. El ex alcalde de Andratx Eugenio Hidalgo, en imagen de archivo. :: EFE Eugenio Hidalgo, ex alcalde de Andratx pasó ayer su primera noche en prisión, tras confirmar el Tribunal Supremo la condena de cuatro años de cárcel que le impuso la Audiencia Provincial de Mallorca por construirse un chalé en una zona agrícola en 2002. La relevancia de esta sentencia trasciende al caso concreto de Hidalgo, porque disipa dudas sobre la legitimidad de perseguir la denominada 'corrupción del ladrillo' por la vía penal y, además, hace una radiografía de la ordenación del territorio en España que deja en mal lugar tanto a los legisladores como a los representantes de las administraciones autonómica y local, encargados de la disciplina urbanística. El fallo, que se notificó ayer a las partes, califica en dos ocasiones de «desastrosa» la vigilancia del planeamiento en todo el país, «incluida la destrucción paisajística» y tilda de «inoperante» la vía administrativa. Una situación que, según consta en el texto, justifica que se acuda al derecho penal como «último ratio». El alto tribunal rechaza todos los argumentos esgrimidos por la defensa de Hidalgo y que han sido utilizadas en casos similares como que sí se podía construir en la zona de acuerdo con la normativa urbanística vigente, aunque se debió tratar de una edificación destinada a uso agrícola y no de un chalé. Los abogados del ex primer edil también reprocharon a la Audiencia de Mallorca que no tuviera en cuenta la «realidad urbanística» de la zona así como otras circunstancias como la proximidad del chalé al núcleo urbano, la «nula protección paisajística» de la parcela y la existencia de «altos y poco estéticos» edificios colindantes. Un razonamiento que les llevó a concluir en su recurso que la actuación de Hidalgo no supuso una lesión del bien jurídico que le hiciera merecer «reproche penal». Inseguridad jurídica Una tesis refutada ahora por el Supremo. Los magistrados achacan a actuaciones como las de Hidalgo la «instauración de una manifiesta inseguridad jurídica» en cuestiones urbanísticas y repudian que se ignoren la perspectiva paisajística como «elemento esencial». «Desconocer la importancia de tal elemento ha llevado a la situación desastrosa de algunas partes de España en orden a la ordenación del territorio», indica la sentencia. El Supremo acentúa la gravedad de que Hidalgo se aprovechase «dolosamente» de su condición de alcalde para «ejecutar el delito con mayor facilidad, sirviéndose, en su propio interés, del cargo que los ciudadanos le habían encomendado, en vez de servir a él». Por lo tanto, el Supremo mantiene la condena -fijada por la Audiencia mallorquina- a Eugenio Hidalgo, ex alcalde del PP de Andratx, a cuatro años de cárcel y once años de inhabilitación especial como autor de un delito contra la ordenación del territorio y otro como inductor de un delito de prevaricación administrativa. Hidalgo, además, deberá demoler su chalé. La sentencia también condena a un año de cárcel a Ignacio Mir, ex asesor legal del ayuntamiento de Andratx. |
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